El plazo de la Declaración de la Renta 2018 comienza el 12 de abril finalizando el 24 de junio, cualquier persona interesada en contratar nuestros servicios puede hacerlo a partir de mayo a través de info@aquilaconsultores.net o llamando al teléfono 948 18 90 69.
Fechas a tener en cuenta de la Campaña de la Renta:
- 4 de abril Inicio de la Campaña: abre la Oficina online y se cuelgan las propuestas de declaración.
- 11 de abril: abono en cuenta de las propuestas a devolver ya realizadas por Hacienda
- 12 de abril: Apertura de la Campaña presencial
- 24 de junio: Cierre de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2018.
¿Quiénes tienen que realizar la declaración de la renta?
Las personas con:
- Rendimientos de trabajo de más de 11.250 euros íntegros anuales.
- Rendimientos de capital mobiliario e incrementos del patrimonio, sujetos a retención, conjuntamente de 1.600 euros íntegros anuales o más.
- Quienes perciban otras rentas (empresarios y profesionales, arrendadores…) independientemente de su cuantía.
Las declaraciones “a pagar” se cargarán en dos plazos: el 4 de julio y el 20 de noviembre, mientras que el periodo de abono por parte de Hacienda de las declaraciones “a devolver” finaliza el 24 de diciembre
Impuesto sobre el Patrimonio:
Deben declarar su patrimonio aquellos sujetos pasivos cuya cuota tributaria sea positiva, o si el valor de sus bienes y derechos es mayor al millón de euros. La vivienda habitual está exenta hasta 250.000 euros (por cónyuge en titularidad compartida), y no será deducible la deuda contraída para su adquisición.
Recuerda que para confeccionar la declaración de la renta necesitaremos la siguiente documentación:
- PIN del declarante y del cónyuge.
- Si la anterior Declaración de la Renta no la hiciste con nosotros, copia de la misma
- Rendimientos del trabajo:
- Certificado de rendimientos del trabajo, desempleo o pensiones.
- Cuotas a sindicatos y colegios profesionales
- Rendimientos de capital mobiliario: justificantes bancarios
- Rendimientos de capital Inmobiliario: Inmuebles arrendados
- Ingresos por rentas y en su caso, certificado de retenciones soportadas (locales)
- Justificantes de gastos: contribución, gastos de conservación, seguros, intereses de préstamos
- Importe del valor de adquisición del local
- Actividades empresariales:
- Estimación directa: Cuenta de resultados
- Estimación objetiva (módulos): Ventas del ejercicio, personal no asalariado, personal asalariado, metros cuadrados del local, kw consumidos
- Certificado del I.A.E
- Actividades agrícolas y ganaderas
- Certificado de ingresos y retenciones por la venta de los productos
- Subvenciones
- Justificante del pago de rentas por tierras arrendadas.
- Si se ha adquirido vivienda que constituya la habitual: escrituras y todos los gastos ocasionados por la compra
- Certificados de donativos
- En caso de separación o divorcio, documento de extinción de condominio
- Si se vende cualquier inmueble, acción, etc. Documentos de compra y venta.